De conformidad con la Ley N.º 10597, conocida como la “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las Sociedades Mercantiles” a partir del 4 de junio de 2025, todas las sociedades mercantiles —ya constituidas o de nueva creación— deberán registrar un correo electrónico oficial ante el Registro Nacional. Este correo será el medio exclusivo para recibir notificaciones judiciales y administrativas.
Este cambio marca un antes y un después en el ámbito jurídico costarricense, ya que esta reforma afecta a todas las Sociedades Anónimas (S.A) y Sociedades de Responsabilidad Limitada (S.R.L) estableciendo un correo electrónico como el medio obligatorio oficial para recibir notificaciones administrativas y judiciales.
¿Cuál es el plazo para cumplir?
- Las sociedades ya inscritas tienen plazo hasta el 4 de junio de 2026 para cumplir con esta obligación.
- La inscripción puede realizarse mediante escritura pública o protocolización de acta de asamblea.
- A partir del 5 de junio de 2026, no se permitirá realizar trámites registrales si la sociedad no ha cumplido con este requisito.
Esta medida elimina la figura del agente residente y moderniza el sistema de notificaciones legales en el país.
¿Cuáles son las principales implicaciones de esta Ley?
Uno de los cambios más relevantes es la modificación del Artículo 18, inciso 10 del Código de Comercio, que ahora exige que el domicilio social de toda sociedad mercantil incluya:
- Una dirección actual y cierta dentro del territorio nacional
- Una dirección electrónica válida (correo electrónico) donde se puedan recibir notificaciones de forma eficaz y con plena validez jurídica.
Adicionalmente, se reformó el artículo 20 de la Ley de Notificaciones Judiciales, permitiendo notificaciones judiciales a sociedades que realicen vía correo electrónico registrado ante el Registro Nacional. De no contar con esta dirección electrónica registrada, se aplicará una notificación, lo cual puede tener consecuencias legales significativas para su empresa.
¿Por qué es importante actuar ya?
Al contar con una dirección electrónica registrada en la sociedad se:
- Evita sanciones o consecuencias por notificaciones no recibidas
- Mejora la eficiencia en la gestión legal y administrativa
- Reduce costos y tiempos asociados a procesos judiciales
¿Necesita ayuda para cumplir con esta nueva disposición?
En Signaturelex Costa Rica estamos preparados para brindarle la asesoría legal que su empresa necesita. Nuestro equipo le asesora paso a paso en el registro oficial del correo electrónico de su sociedad ante el Registro Nacional, garantizando el cumplimiento de esta nueva obligación legal de forma ágil, segura y sin complicaciones.
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Autor: MSc. Pía Picado González
Socia Senior, Signaturelex Costa Rica